Mostramos la estadística internas del dominio Nuevo Impulso.net
El Administrador es Ramón Palmeral
(Revista digital de ARTE, CULTURA Y OPINIÓN DESDE ALICANTE. Nuevoimpulso.net
Mostramos la estadística internas del dominio Nuevo Impulso.net
El Administrador es Ramón Palmeral
Trump está nervioso y preocupado por quedar como un "bocazas". Las cosas no le están saliendo como él quiere, especialmente en el ámbito del comercio internacional de los aranceles. Intenta imponer su voluntad a otros países mediante aranceles imposibles, pero sus tácticas están encontrando resistencia. Si yo fuera Ursula von der Leyen, ni siquiera le respondería: no se puede negociar con alguien que impone condiciones sin espacio para el diálogo.
Ha caído en la trampa de su propio juego de alguien que no tiene ni idea de como funciona hoya día economía internacional. En Europa lo vemos como un bufón.
La administración Trump ha lanzado una exigencia apremiante: quiere que las naciones con las que está negociando presenten sus mejores propuestas antes del martes 4 de junio, en el marco de las negociaciones comerciales multilaterales. Según un borrador enviado en forma de carta a los países involucrados, se les solicita que detallen sus mejores ofertas en áreas clave. Entre ellas, se incluyen:
Propuestas de reducción o eliminación de aranceles.
Cuotas para la compra de productos industriales y agrícolas estadounidenses.
Planes para desmantelar cualquier barrera no arancelaria.
Todo esto con el fin de acelerar las negociaciones y cumplir una fecha límite autoimpuesta por Washington, que vence en apenas cinco semanas (otra envite en este juego de poker). Este enfoque agresivo refleja la impaciencia y el estilo confrontativo de Trump, pero también deja ver cierta desesperación por lograr acuerdos que pueda presentar como "victorias" en su narrativa política.
Un órgano como el Tribunal Constitucional, cuando es elegido por el parlamento, puede ser percibido como poseedor de un menor valor democrático en comparación con otros mecanismos de selección más directos. Esto se debe a que, aunque los miembros del parlamento son representantes electos por el pueblo, su intervención en la designación de jueces introduce una capa adicional entre el electorado y la toma de decisiones en el poder judicial. La legitimidad democrática se transmite de forma indirecta, lo que puede generar dudas sobre la independencia judicial o sobre la politización del órgano, especialmente si la designación se realiza mediante cuotas partidistas o acuerdos opacos entre fuerzas políticas.
Cuando sea firme la opinión del TC sobre la Ley de Amnistía, la mayoría el pueblo español sentirá rechazo sobre esta decisión, lo que supone dudas, descontento y sospechas que nada favorecen la actual forma de elección de los magistrados del TC y habrá que cambiar e el futuro si en realidad pensamos con la soberanía reside en el pueblo español (Art. 1.2 de la Constitución). Por que todas las cosas se pueden cambiar para mejor por voluntad de las mayorías.
Elecciones de jueces y magistrdos en México
En contraste, México se encuentra en las etapas iniciales de un experimento democrático sin precedentes: sustituir el modelo tradicional de designación de jueces por uno basado en la elección directa por parte de los ciudadanos. El próximo domingo, los mexicanos acudirán a las urnas para elegir a más de 2600 jueces y magistrados —desde la Suprema Corte hasta los tribunales locales— en lo que representa la primera fase de una reforma que pretende redefinir el equilibrio entre democracia e independencia judicial. Este proceso plantea la elección directa de la mitad del poder judicial, quedando la otra mitad para el año 2027.
Este modelo eleva ostensiblemente el valor democrático de las instituciones judiciales, ya que traslada el poder de designación directamente al electorado. Sin embargo, también genera interrogantes importantes: ¿puede mantenerse la imparcialidad y la independencia judicial cuando los jueces deben hacer campaña electoral? ¿Cómo evitar que intereses económicos o partidistas influyan en el proceso electoral de los jueces? ¿Están los ciudadanos preparados para evaluar a los candidatos judiciales con criterios técnicos y jurídicos?
Conclusión
En definitiva, el modelo parlamentario y el modelo de elección directa representan dos enfoques distintos sobre cómo garantizar la legitimidad y la eficacia del poder judicial. Mientras el primero privilegia la representación institucional y la experiencia técnica, el segundo apuesta por una democratización radical que busca empoderar al ciudadano común en todas las esferas del poder público, incluida la justicia. El caso mexicano se convierte así en un laboratorio político cuyo desarrollo será observado con atención en todo el mundo, pues pone a prueba los límites entre democracia participativa, independencia judicial y eficacia institucional.
Ramón Palmeral
NOTA
!!!!Eleccciones generales ya¡¡¡
(Edificio del Tribunal Constitucional español en Madrid)
El Tribunal Constitucional avala la Ley de Amnistía: cómo funciona y cuáles son las funciones del TC
El Tribunal Constitucional (TC) ha avalado los aspectos principales de la controvertida Ley de Amnistía, una decisión que ha generado intensas reacciones en el ámbito político y jurídico. Para comprender el alcance de esta resolución, es fundamental conocer qué es el Tribunal Constitucional, cómo funciona y cuál es su papel dentro del sistema institucional español. Según la ponencia de Inmaculada Montalbán tiene irregularidades jurídicas como la "malversación" y amorales, y corresponde al capricho de gobierno y de Conde-Pumpido.
Su aprobación va a supone una confrontación con la sociedad española e incluso catalana. El llamado "conflicto independentista catalán" no se va a acabar nunca con mano blanca o blanda"
Inmaculada Montalbán, afirma en su ponencia que "la justificación es clara y está muy alejada de moverse en meras referencias generales imprecisas como sostiene el Senado", puesto que las "explicaciones" del legislador, relativas a la necesidad de acabar con el conflicto catalán, "resultan razonables" y "no responden a capricho o mero voluntarismo". Por si había alguna duda, la ponencia de 191 páginas, justifica la promulgación de una ley tan excepcional en que "el 'procés' ha supuesto una de las mayores crisis que ha tenido que enfrentar nuestra democracia constitucional, tanto desde la perspectiva social como institucional".
Un confrontación con el Senado
Resulta ilógico y motivo de seria confrontación y preocupación institucional que una magistrada del Tribunal Constitucional emita una ponencia que se contrapone al criterio adoptado por el Senado, órgano constitucional que representa al pueblo español mediante la representación territorial de las provincias y ciudades autónomas. Esta discrepancia no puede ser tomada a la ligera, pues evidencia una tensión "sospechosas de imparcialidad" entre dos pilares fundamentales del sistema democrático y constitucional español: el poder judicial y el poder legislativo.
El Senado, como cámara de representación territorial, refleja la pluralidad de voces y realidades del Estado. Sus decisiones, aunque puedan estar sujetas a revisión constitucional, expresan la voluntad de los territorios que integran España. Por ello, cuando un órgano de control como el Tribunal Constitucional desestima o contradice dicha voluntad a través de una ponencia individual —más aún si esta proviene de una magistrada que debiera actuar con la mayor neutralidad e imparcialidad—, se genera un desequilibrio institucional que merece atención y análisis.
No se trata de negar la facultad del Tribunal Constitucional para ejercer el control de constitucionalidad, sino de subrayar la gravedad que implica cuando tal ejercicio se percibe como alejado de los consensos democráticos o enfrentado a decisiones legítimamente adoptadas por órganos representativos del pueblo (Art 1. 2 de la Constitución dice: "La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado"). En este contexto, la ponencia en cuestión no solo abre un debate jurídico, sino también político y democrático, ya que pone en entredicho la armonía entre los distintos poderes del Estado; es decir, nace una confrontación de posiciones entre el Senado y el TC.
Por tanto, este hecho debe ser analizado con detenimiento y con sentido de Estado, garantizando que los cauces institucionales se respeten y se preserve la legitimidad tanto de las decisiones judiciales como del mandato democrático expresado a través del Senado.
Dudas sobre la imparcialidad del TC
Un órgano como el Tribunal Constitucional, cuando es elegido por el parlamento, puede ser percibido como poseedor de un menor valor democrático en comparación con otros mecanismos de selección más directos. Esto se debe a que, aunque los miembros del parlamento son representantes electos por el pueblo, su intervención en la designación de jueces introduce una capa adicional entre el electorado y la toma de decisiones en el poder judicial. La legitimidad democrática se transmite de forma indirecta, lo que puede generar dudas sobre la independencia judicial o sobre la politización del órgano, especialmente si la designación se realiza mediante cuotas partidistas o acuerdos opacos entre fuerzas políticas.
El Tribunal Constitucional es un órgano independiente del Estado. No forma parte de los tres poderes clásicos (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), lo que le confiere un estatus especial como garante de la supremacía de la Constitución. Su función principal es velar por la adecuación de las leyes y actos normativos a la Constitución Española de 1978.
Entre sus competencias destacan:
Controlar la constitucionalidad de las leyes y normas con fuerza de ley.
Resolver conflictos de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas.
Proteger los derechos fundamentales mediante el recurso de amparo.
Resolver recursos de inconstitucionalidad y cuestiones de constitucionalidad planteadas por jueces o tribunales.
En este contexto, la ponencia inicial elaborada por la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, ha respaldado la constitucionalidad de gran parte de la Ley de Amnistía, una norma impulsada por el actual Gobierno y diseñada, entre otros objetivos, para beneficiar a líderes independentistas catalanes encausados por su participación en el procés, incluido Carles Puigdemont. (Que no le interesan los problemas de España como la reducción de la jornada laborar, en cambio tiene poder democrático decisorio, lo que usa como arma de amenazas y chantaje constante y vergonzoso a Pedro Sánchez.
No obstante, la ponencia también ha estimado parcialmente tres de los motivos de inconstitucionalidad presentados por el Partido Popular en su recurso del 9 de septiembre. Estos motivos afectan a aspectos menores de la norma, pero no modifican su núcleo central.
Uno de los puntos más polémicos es que la ponencia no se pronuncia sobre el delito de malversación, una acusación que afecta directamente a Carles Puigdemont y otros líderes independentistas. Esto se debe a que el TC solo examina si la ley es constitucional, no si su aplicación a casos concretos es válida o no. Por lo tanto, será competencia de los jueces ordinarios determinar si procede aplicar la amnistía a los casos específicos, incluidos los relacionados con malversación.
La decisión ha desatado fuertes reacciones en el panorama político. El líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, ha afirmado que “nos hacen creer que se compra un gobierno con privilegios a Puigdemont en legal”, expresando su rechazo frontal a una ley que, según sus palabras, rompe con los principios de igualdad y justicia.
Desde el otro lado, el Gobierno defiende la norma como una vía de reconciliación y de resolución política del conflicto catalán. Sin embargo, en el ámbito jurídico, muchos expertos advierten de la complejidad legal y ética que supone aprobar una amnistía selectiva.
Más allá de su legalidad, la Ley de Amnistía ha abierto un debate ético profundo. Algunos juristas consideran que, aunque técnicamente pueda ser constitucional si se interpreta en el marco de la jurisprudencia actual, su contenido es amoral al priorizar intereses políticos sobre principios jurídicos fundamentales como la igualdad ante la ley y la separación de poderes.
En definitiva, aunque el TC avale gran parte de la Ley de Amnistía, el debate político y social continúa abierto. La ponencia será discutida por los diez magistrados del Tribunal durante las próximas semanas, y se espera que las deliberaciones comiencen oficialmente el próximo 24 de junio. Su resolución marcará un hito en la historia reciente del constitucionalismo español.
Alicante, 02-06-2025
"La mujer metálica" (óleo de 116 x 87 cm) un cuadro de la serie "Mujeres del Futuro", del pintor alicantino Ramón PALMERAL, su obra anterior se titula "La Ginoide". Usa pintura óleo. (No es una obra de Arte Digital).
...............
El veintisiete de marzo de 2025, en la sede del Ateneo Blasco Ibáñez, se presentó el poemario de María Consuelo Giner Tormo, “Dioses y hombres”. Este libro hace el volumen setenta y nueve de la colección “Algo que decir”, que edita el Ateneo Blasco Ibáñez. Está prologado por el periodista y escritor Ramón Gómez Carrión y las ilustraciones han corrido a cargo del escritor y pintor Ramón Palmeral. “Dioses y hombres” quiere ser una simbiosis de deidad metafórica entre el poder sobrehumano y la humanidad capaz de endiosar por sus méritos. Así, la autora va emparejando a afamados escritores con un dios mitológico para desvelar que ellos también fueron mezquinos como muchos humanos y, que, a su vez, hay humanos muy capaces de parecer dioses por el adorno de sus merecimientos. El barítono bajo, Miguel García Casas, puso el broche final con la ejecución de las piezas liricas con que acostumbra a embelesar al público. El acto terminó con un vino de honor.