España: hipotecas con doble garantía
Luis Martín, desde Madrid
En España, al contrario que en otros países
las hipotecas gozan de una doble garantía.
Por un lado, la del inmueble hipotecado y, por otro, la personal de
quien pide el préstamo. Esto quiere decir que si el inmueble no cubre la
totalidad del importe prestado en el momento de ser embargado,
el deudor deberá responder con todo su patrimonio y sus bienes presentes y futuros hasta devolver hasta el último euro.
La justificación de esta legislación hipotecaria reside en que
nuestro sistema financiero necesita pedir dinero prestado en los mercados internacionales
para hacer frente a las hipotecas que concede. Si no existiera el
sistema de doble garantía, los prestamistas internacionales exigirían un
interés mucho mayor y un plazo de devolución más corto, lo que se
traduciría inmediatamente en unas
hipotecas más caras y en condiciones más duras.
Los bancos inician el
proceso de ejecución hipotecaria cuando el deudor incumple los pagos de las letras
en un plazo de entre tres y seis meses.
La entidad entiende entonces que el moroso se ha desentendido de sus
obligaciones e inicia el proceso. El banco suele informar al deudor de
que le va a denunciar y remite al juzgado la denuncia.
El mecanismo de ejecución permite que el banco reclame al hipotecado
las mensualidades atrasadas y, en ocasiones el monto total de la
hipoteca a un elevado interés. Además, las costas judiciales van a cargo
del deudor.
El proceso de ejecución finaliza con la
salida a subasta pública de la vivienda, para que el banco pueda recuperar parte o la totalidad de lo prestado.
Si no hay ofertas, la entidad se adjudica el inmueble –siempre y cuando sea primera vivienda- al 60% del valor de tasación.
Se incumple la Constitución de 1978, que dice en el arte 47. "Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertienentes para hacer fectivo este derecho..."
Por ello si la ley hipotecaria obliga al desahuco y la familia perde la vivienda y se tiene que ir a la calle, se impumple.