ARTICULOS DE OPINION


Revista digital de arte, cultura y opinión en Alicante. Enlace con POESIA PALMERIANA. En estas páginas no podemos estar ajenos a lo que pasa en España ni en el mundo. Dirigida por el escritor, poeta y pintor Ramón PALMERAL. Los lectores deciden si este blog es bueno, malo, o merece la pena leerlo. El periodismo consiste en decir lo que a algunos no les gustaría leer.

domingo, 18 de julio de 2021

Los 'okupas' de Trapagaran. Hay algo es esta ley contra los okupas que no está bien. No es lógica. Atenta contra a propiedad privada

 

Los 'okupas' de Trapagaran se niegan a marcharse: «A nosotros también nos han estafado»

Uno de ellos atiende a los medios a las puertas de la casa e insiste en que esperarán a lo que diga un juez

A.M. | D.M.

La ocupación de la vivienda de Jesús, un octogenario de 85 años residente en Trapagaran, ha causado una gran conmoción en el conjunto del país. E l pasado 27 de junio, una familia 'okupo' su vivienda aprovechando que no se encontraba en ella y desde entonces no puede acercarse a su hogar por las amenazas vertidas. La presencia de los medios en los alrededores de la vivienda ha sido constante en las últimas horas. Uno de los 'okupas' salió a atenderles a las puertas de la vivienda después de amenazarles con «enterrarles en abono» a un periodista y un cámara de Antena 3.

En un tono mucho más pausado, el 'okupa' aseguró que no tienen intención de marcharse y lo argumentó afirmando que era una víctima más: «A nosotros también nos han estafado con un contrato de alquiler falso», afirmó mientras reconocía que esperarán a la decisión del juez para decidir si se marchan o no.

El programa de Antena 3, 'Espejo Público' tamibén habló con la hija de Jesús, Inma Sánchez: «Estamos impotentes», reconocía a escasos cien metros de la vivienda 'okupada'. La familia cuenta con el apoyo del alcalde y los vecinos que según explica Inma «están cansados y con miedo». La familia afectada denuncia que los 'okupas' se reúnen con más de 20 personas por las tardes y prolongan la fiesta «hasta las 3 de la mañana con música, peleas....».

El caso ya está en manos del abogado de la familia y denunciado en los juzgados, según explica Inma. «Esto va para largo», afirma resignada lo que el letrado le ha transmitido.

Los primeros contactos, sin éxito

José Antonio Pardal, sobrino del octogenario –que reside en la actualidad en casa de su hija en Sopela convaleciente de dos operaciones–, se puso en contacto con un conocido de los okupas para «convencerles de que se vayan». Este hombre se acercó a la vivienda y, tras encontrarles cuando metían en una furgoneta enseres de los propietarios, les advirtió que «dejen todo como está y que no desaparezca nada». No obstante, los inquilinos continúan aún en la casa de Jesús y «las posibilidades de que permanezca lo que teníamos en el interior son mínimas», afirmó su sobrino, quien agregó que «hay que erradicar estas situaciones».

La ocupación tuvo lugar durante la noche del pasado 27 de junio, justo un día después de que Pardal acudiera a la vivienda para continuar con una serie de reparaciones en el inmueble. Tras manipular la alarma de seguridad que tenían instalada los propietarios, esta familia conflictiva procedente de Sestao se adentró en la casa, ubicada en el número 32 de la calle Funikular. 

.................CONCLUSIONES................................

Esto se llama robo de una vivienda. allanamiento de morada, apropiación de algo que no es suyo.

¿Cómo entraron?

Si entraron rompiendo la puerta es un robo con fuerza en las cosas. 

Te obligan a tomarte la Justicia por tu mano.

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Ley de las 48 horas

La usurpación de una propiedad ajena constituye un delito en España según el artículo 245 del Código Penal. "El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses". Sin embargo, las cosas no son tan sencillas en la práctica. Aunque la rabia e indignación del propietario de un inmueble al encontrarlo ocupado es lógica, debe medir sus pasos para no acabar dando pie a la victoria de quienes han usurpado su propiedad.

Diferencias entre allanamiento de morada y usurpación

El allanamiento es ocupar la vivienda actual y habitual de otra persona física o jurídica, y la justicia resuelve con celeridad; quedarse en una casa vacía es una usurpación, y solventar este asunto es más lento y complejo. Si la Policía actúa en las primeras 48 horas de la ‘okupación’, el desalojo no precisa de orden judicial. Si pasa más tiempo y los ‘okupantes’ cambian la cerradura, por ejemplo, el domicilio pasa a ser inviolable para sus nuevos usuarios, y solo se puede actuar contra ellos bajo una orden judicial. Por si fuera poco, cualquier intento de desalojo por la fuerza que pueda ejercer el propietario legítimo (corte de suministros, nuevo cambio de cerradura) podría suponer para el propietario una denuncia por allanamiento de morada o coacción. [Esto mes increíble, inaudito, ilógico, impropio].

Tipos de demandas ante una okupación de la vivienda

Lo más efectivo es presentar una demanda civil de desahucio, o penal, si ha habido violencia o destrozos de la propiedad. Se pide la recuperación inmediata de la vivienda, aunque no se hayan identificado a los ocupantes, que tienen a su vez un plazo de cinco días para justificar la posesión de la vivienda; de no hacerlo, como lógicamente ocurre, el tribunal ordenará la entrega inmediata del inmueble al demandante.

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A parto de septiembre de 2020 

El Ministerio del Interior ha puesto en marcha un nuevo protocolo de actuación policial para tratar de agilizar el desalojo de okupas tras la instrucción dada recientemente por la Fiscalía General del Estado. La novedad principal es que se elimina el plazo de 48 horas para proceder a echar a los usurpadores de la vivienda por parte de los agentes. Si el delito es flagrante o reciente se podrá expulsar a los okupas aunque Interior no establece ningún plazo legal para que los policías o guardias civiles devuelvan la vivienda al legítimo propietario. Fuentes del ministerio reiteran que los agentes podrán actuar cuando el delito es reciente.

Además, se establece que hay delito de allanamiento de morada tanto en la okupación primera vivienda como en la segunda residencia y en ambos casos es posible desalojar de forma inmediata al intruso sin necesidad de solicitar medidas judiciales y proceder a la identificación de los okupas y llevar a cabo su detención.

A partir de ahora, los policías nacionales, policías autonómicos, policías locales y guardias civiles deberán rellenar un atestado que recoja todos los elementos que deben ser aportados a las autoridades judiciales para acreditar la comisión de un delito y la participación de sus presuntos autores. "Que los atestados se afinen mucho más para agilizar la resolución judicial y ver si procede judicialmente el desalojo cautelar", explican fuentes de Interior que citan, como ejemplos de esa información que puede contener los atestados, la declaración de vecinos al inmueble okupado, el título de propiedad por parte del denunciante, el resultado de la inspección ocular en los alrededores u otros elementos de prueba del delito.

El protocolo indica que si el inmueble ocupado no constituye morada se trata de una usurpación y que si el delito no es flagrante hay que solicitar el desalojo al juez. Hay que recordar que el Tribunal Supremo indica que para que se produzca un delito flagrante se deben dar al menos tres supuestos: inmediatez en la acción, inmediatez personal -que haya pruebas de la presencia del delincuente- y una necesidad urgente de intervención policial.

Fuentes del departamento de Grande-Marlaska dejan claro que el protocolo no es una norma, sino una instrucción para "clarificar" y "homogeneizar" los modos de actuación de las fuerzas de seguridad conforme a la legislación actual y de acuerdo con los criterios establecidos por la Fiscalía General del Estado en otra instrucción publicada la semana pasada.

Así, la instrucción firmada este jueves por el secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, remitida a las direcciones generales de ambos cuerpos para su traslado a los operativos, incluye medidas para mejorar los atestados de denuncia de okupación. Se trata, en definitiva, de que una vez las fuerzas de seguridad trasladen a la autoridad judicial esas denuncias, el juez y el fiscal cuenten con elementos suficientes para acordar en su caso el desalojo de ese inmueble okupado y no alargar el procedimiento judicial, según Efe.

Además de la mejora de los atestados, Interior habilitará este mes en la aplicación para móviles Alertcops una herramienta específica para que cualquier ciudadano, sea propietario de un inmueble usurpado o un vecino, pueda alertar con su teléfono a las fuerzas de seguridad de que un inmueble ha sido okupado e, incluso, pueda proporcionar a los agentes fotos del lugar.

La instrucción de Interior también incluye actuaciones de tratamiento, información y asesoramiento a las víctimas, para lo que aprovecharán los canales de contacto e información al ciudadano de sus páginas web oficiales, redes sociales y la propia aplicación Alertcops, que recogerá recomendaciones y mensajes preventivos e información general sobre el modo de actuar en caso de ser víctimas de este tipo de delitos.

No olvida el protocolo un refuerzo en la investigación de las mafias de la okupación o los delitos conexos que en ocasiones conllevan, como la defraudación del fluido eléctrico o las coacciones al resto de vecinos.

Pero la instrucción también indica que en algunos casos de ocupación ajena hay situaciones de verdadera vulnerabilidad, como la presencia de menores entre los ocupantes. En estos casos, y sin renunciar a la restitución a su dueño del inmueble allanado, las fuerzas de seguridad ejercerán su papel legal de agente desencadenante de una respuesta ágil por parte de las entidades e instituciones sociales y asistenciales.

Desde Interior admiten que si bien las okupaciones no se han incrementado notablemente, existe una percepción subjetiva de inseguridad ligada a este fenómeno y, por tanto, hay que darle respuesta. El nuevo protocolo policial se ha puesto en marcha dos días después de que la Fiscalía General del Estado emitiera una instrucción instando a los fiscales a pedir a los jueces el desalojo como medida cautelar.

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