ARTICULOS DE OPINION


Revista digital de arte, cultura y opinión en Alicante. Enlace con POESIA PALMERIANA. En estas páginas no podemos estar ajenos a lo que pasa en España ni en el mundo. Dirigida por el escritor, poeta y pintor Ramón PALMERAL. Los lectores deciden si este blog es bueno, malo, o merece la pena leerlo. El periodismo consiste en decir lo que a algunos no les gustaría leer.

lunes, 19 de febrero de 2024

El Tribunal Supremo ha revocado el Real Decreto que transfería a la Comunidad Foral de Navarra. Varapalo al PSOE y a BILDU

 


Todavía queda sensatez jurídica en España. Tráfico Guardia Civil . Navarra

El Tribunal Supremo ha revocado el Real Decreto que transfería a la Comunidad Foral de Navarra las responsabilidades de tráfico y circulación de vehículos a motor, así como el acuerdo suplementario de la Guardia Civil. La Justicia ha aceptado un recurso presentado por la asociación Justicia Guardia Civil (JUCIL), argumentando que un Real Decreto de este tipo no puede asignar a Navarra una competencia que no está reconocida en su ley ni respaldada por su derecho histórico.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha determinado que esas responsabilidades podrían ser transferidas a Navarra, pero solo a través de dos vías: mediante la modificación de la Ley Orgánica de Reintegración y Mejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA), o a través de una ley orgánica.

Los jueces destacan que la LORAFNA, equiparable a un Estatuto de Autonomía en otras comunidades autónomas, no contiene un apartado competencial que se corresponda con las funciones desempeñadas por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en Navarra.

Por lo tanto, el tribunal señala que la disputa se centra en determinar si para que Navarra asuma las funciones de la Guardia Civil en materia de tráfico y vehículos a motor, basta con el acuerdo de transferencia. Esto se debe a que Navarra ya tiene la competencia en esta área, al formar parte de su derecho histórico. O si, al no tenerla, sería necesario reformar la LORAFNA o aprobar una ley de transferencia, según lo establecido por la Constitución.

Finalmente, concluye que la ley regional no incluye dicha competencia, ya que siempre ha sido responsabilidad de la Guardia Civil, con la Policía Foral de Navarra ejerciendo una función subordinada. En este sentido, la sentencia aclara que "Navarra ejerce una competencia concreta en funciones de colaboración o cooperación con la Guardia Civil".

La resolución rechaza el argumento de la Comunidad Foral de Navarra sobre la falta de legitimidad activa de la asociación JUCIL. El tribunal responde que, para negarla, el Gobierno navarro "argumenta que la transferencia no afecta a la Guardia Civil y luego afirma que los intereses profesionales, personales y familiares de los guardias civiles afectados por la transferencia están satisfechos. Se nos dice que podrán cambiar de funciones o seguir desempeñándolas 'en otros destinos geográficos', es decir, fuera de Navarra, o bien podrán integrarse en la Policía Foral de Navarra".

Y para el tribunal, "es evidente que cualquiera de esas alternativas afecta, al menos, a los intereses profesionales de los guardias civiles y lo hace hasta el punto de contemplar su integración en otro cuerpo policial". Por lo tanto, considera que JUCIL sí tiene legitimidad para plantear el recurso.

....................

La Dirección General de la Guardia Civil, obediente como siempre no ha movido ni un dedo.