(El DAO José Ángel Gozález)
El 20 de febrero de 2026, el diario La Razón publica una información de enorme gravedad institucional: el ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, José Ángel González, cesado tras la denuncia de una inspectora por presunta agresión sexual (supuesta violación de una subordinada), atribuye dicha denuncia a una represalia por no haber accedido a reiteradas peticiones de cambio de destino dentro de Madrid. Ha dimitido o lo ha dimitido, no sabemos muy bien cómo ha sido. Se espera juicio.
La explicación resulta, cuando menos, controvertida. En primer lugar, porque conforme al Reglamento de Destinos de la Policía Nacional, la competencia para autorizar o denegar destinos no corresponde al DAO, sino al jefe de Personal o al comisario provincial, según el caso. Por tanto, sostener que la denuncia obedece a la negativa del DAO a aprobar un traslado plantea dudas jurídicas y administrativas evidentes. Si no tenía la competencia directa para resolver esos destinos, difícilmente puede sostenerse que la negativa personal fuera el detonante de una represalia. Si todo mando que se ve increpado por el desacuerdo del destino de su subordinado tuviera que dimitir, no quedaría ni uno. Hay un refrán castellano que dice: "No metas la polla en la olla" o "No metas la polla donde comas".
Según la información publicada, el asunto ya está siendo investigado por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 8 de Madrid. El exmando policial estaría preparando su defensa, recopilando mensajes intercambiados con la denunciante para sostener su versión de los hechos. Como en todo procedimiento judicial, corresponde a los tribunales esclarecer la veracidad de las acusaciones y determinar responsabilidades.
Más allá del caso concreto, este episodio vuelve a poner sobre la mesa un problema recurrente en organizaciones jerarquizadas: las relaciones personales entre mandos y subordinados. La desigualdad de poder introduce un factor de riesgo evidente. La experiencia demuestra que cuando no se establecen límites claros y una ética profesional estricta, pueden surgir situaciones de abuso, conflicto o sospecha. No se trata de generalizar ni de poner bajo sospecha a todo un Cuerpo —la inmensa mayoría de sus integrantes actúan con profesionalidad—, sino de recordar que el ejercicio del mando exige ejemplaridad, autocontrol y una conciencia constante de la responsabilidad que conlleva.
El poder mal gestionado puede generar una percepción de impunidad. Pensar que el rango o el generalato otorgan una especie de blindaje frente a la ley es un error grave. Precisamente cuanto mayor es el cargo, mayor debe ser el estándar ético. Las instituciones se sostienen sobre la confianza pública, y esa confianza se resiente cuando quienes ocupan puestos de máxima responsabilidad se ven envueltos en investigaciones por conductas tan graves.
Algunos comparan este caso con precedentes históricos de altos cargos que traicionaron la confianza depositada en ellos, como ocurrió con Luis Roldán, exdirector general de la Guardia Civil durante el Gobierno de Felipe González, condenado por corrupción tras apropiarse de fondos públicos. Aquellos hechos marcaron profundamente la credibilidad institucional de la época.
En el ámbito político, inevitablemente surge la cuestión de la responsabilidad por nombramiento. Los altos cargos son designados por autoridades políticas; en este caso, bajo la responsabilidad del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. Aunque la presunción de inocencia debe respetarse hasta el final del proceso judicial, también es legítimo que la opinión pública exija mecanismos rigurosos de selección, supervisión y control de quienes ocupan puestos de máxima responsabilidad operativa.
En definitiva, más allá de la estrategia de defensa que pueda alegarse —sea represalia profesional u otra motivación—, el fondo del asunto es claro: los cuerpos policiales deben regirse por la legalidad, la ética y la ejemplaridad. Cuando surgen acusaciones de esta naturaleza, la única vía adecuada es la investigación judicial exhaustiva, la transparencia institucional y, si procede, la asunción de responsabilidades. Solo así se preserva la confianza en el Estado de Derecho.
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La Policía Nacional civil es un cuerpo de seguridad del Estado que no pertenece a las Fuerzas Armadas y que depende normalmente del Ministerio del Interior o de Seguridad. A diferencia de una fuerza militar (como la Guardia Civil en España), su estructura es civil, no militar.
¿Qué significa que sea “civil”?
Significa que:
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No forma parte del ejército.
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Sus miembros no tienen rango militar.
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Se rige por leyes civiles y no por el código militar.
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Su función principal es la seguridad ciudadana dentro del territorio nacional.
