ARTICULOS DE OPINION


Revista digital de arte, cultura y opinión en Alicante. Enlace con POESIA PALMERIANA. En estas páginas no podemos estar ajenos a lo que pasa en España ni en el mundo. Dirigida por el escritor, poeta y pintor Ramón PALMERAL. Los lectores deciden si este blog es bueno, malo, o merece la pena leerlo. El periodismo consiste en decir lo que a algunos no les gustaría leer.

miércoles, 11 de abril de 2018

El Barcelona pierde con el Roma 10 de abril 2018

Yo no es que me alegré de la pérdida de los cuartos de final de la Campiong lige, si no que me revuelco de alegría, tanta prepotencia independentista de Piqué, y del presidente y el silencio de otros.

lunes, 9 de abril de 2018

El acoso y la violencia sexual en el ejército: una realidad al descubierto

El caso de la capitán Zaida Cantera, ahora comandante Cantera, exponía como la ley militar dificultaba e incluso impedía la tarea de denunciar a un superior ya que la denuncia debía pasar antes por este superior.
La entonces capitán Cantera consiguió que el Tribunal Militar Central, en una sentencia dictada el 8 de marzo de 2012, condenase al entonces coronel Lezcano-Mújica a pasar dos años y diez meses en prisión por un delito de “abuso de autoridad “ con “trato degradante”, ya que por aquel entonces el acoso sexual ni siquiera estaba tipificado en el Código Penal Militar.
El pasado 28 de mayo conocíamos la resolución de su caso: la comandante, que el año pasado había pedido la baja en el Ejército de Tierra después de haber sido víctima de acoso sexual i laboral por parte del tinente-coronel Lezcano-Mújica, ha recibido la baja definitiva, firmada por la subsecretaria de Defensa Irene Domínguez-Alcahud; hecho que le autorizará a recibir una pensión máxima de 2500 euros brutos cuando abandone el ejército.
El caso de la comandante Cantera no es, por desgracia, un caso aislado. El abogado de la comandante, Antonio Suárez-Valdés, reconoció ante la prensa que su gabinete recibe cada año más de 200 denuncias sobre casos parecidos al de Zaida, de estos, la mitad se desestiman por “falta de carácter delictivo de los hechos”, y del 50% restante sólo el 10% continua con el proceso y llevan su caso ante la justicia.
Suárez-Valdés reconoció que en muchos de estos casos pesa entre las víctimas de acoso y violencia sexual un “miedo insuperable” que les impide, muy a menudo bajo coerción e incluso acoso laboral como fue el caso de la comandante Cantera, denunciar por temer represalias; y en el caso de las militares de rangos inferiores, por temor a no renovar el contrato si denuncian lo ocurrido: “Si el mando le pone una calificación negativa, o se pone de acuerdo con otros dos o tres de su camarilla para informar negativamente, esa soldado a los pocos meses no tiene trabajo”, explicó. Es decir, se da una paradoja en que las víctimas son culpabilizadas y deben pagar unas consecuencias terribles de acoso laboral y coerción que se suman a la ya traumática experiencia de acoso o violencia sexual, con las consecuentes graves secuelas para su salud psicológica.
En el año 2002 trascendió a la prensa el caso de la soldado Dolores Ocaña, la primera soldado que denunció a un superior por violencia sexual, Ocaña en un principio no quiso denunciar la totalidad de la agresión ya que recibió amenazas por parte del oficial que la agredió para que no lo hiciese.
En aquel momento, en el año 2002, solamente tres denuncias de este tipo de delitos habían trascendido. Desde la oficina del “Defensor del soldado” se dijo entonces que ellos tenían constancia de al menos 20 casos parecidos que les habían facilitado las víctimas en los últimos tres años. De nuevo, advirtieron que la mayoría de estas soldados se negó a efectuar denuncias formales por temor a las represalias. Entre aquellas pocas soldados que se atrevieron a denunciar los hechos, abundaban los casos en que sus superiores ocultaron el caso e impidieron la continuación del proceso judicial castrense “a cambio” de asegurarles su renovación o bien sencillamente, ejercieron sobre ellas acoso laboral para que no continuasen con su denuncia. La mayoría de estas militares terminan por abandonar el ejército, siendo la razón en muchos casos el no pasar las pruebas psicotécnicas por las secuelas psicológicas.
De ahí la importancia de establecer un protocolo de actuación para estos casos, similar al que ya existe en la Guardia civil, tal i como piden la comandante Cantera y su abogado.
El problema es que no se dispone de cifras oficiales de los delitos de acoso y violencia sexual que ocurren en el ejército español, a pesar de eso, y viendo el grave problema que suponen estos delitos en otros ejércitos occidentales, nada hace pensar que el ejército español, en el que la incorporación de las mujeres es una realidad desde 1988, deba ser una excepción.
Existe un organismo cuyo objetivo es velar por la integración de las mujeres en las fuerzas armadas: el “Observatorio militar por la igualdad” que nació en 2005 bajo el nombre “Observatorio de la mujer en las fuerzas armadas”. Sin embargo, este organismo nunca ha hecho públicos datos sobre denuncias por acoso y violencia sexual en el ejército. En lugar de exponer los problemas y dificultades con los que debe lidiar la mujer en el ejército, los datos que hace públicos este organismo parecen ser únicamente aquellos que puedan ayudar a reclutar a nuevas militares.
Sabemos que el acoso y la violencia sexual es una realidad en el ejército pero la cifra total de casos resulta muy difícil de cuantificar por la opacidad e impunidad que envuelven estos delitos.
En aquellos países en que sí se han hecho públicos datos al respecto, las cifras, expuestas en el libro “Militarismo en España: balance del ciclo armamentista español hasta 2007” de Pere Ortega y Arcadi Oliveres (Iacaria Editorial) son preocupantes : un estudio del año 2000, revelaba que en el ejército belga el 92,5% de las militares habían sido objeto de acoso sexual, el 36% habían sido víctimas de tocamientos indeseados y un 1,3% de violación; y el 50% de la mujeres de la RAF británica han sido víctimas de algún tipo de acoso sexual. La magnitud y gravedad del problema en el ejército norte-americano, también ha sido denunciada por el premiado documental La guerra invisible de Kirby Dick.
Además, el acoso sexual no era un delito tipificado como tal por el Código penal militar y los pocos datos de los que disponemos provienen de sentencias de la jurisdicción militar, i en esta sólo se tratan “los casos en que existe una relación de jerarquía” (Atlas del militarismo en España 2009, Centro de estudios por la Paz JM Delàs, Icaria Editorial), hecho que, es de suponer, excluye a la multitud de casos de acoso y violencia sexual que se producen entre militares de un mismo rango.
Del mismo modo, conviene tener presente que en el caso de la comandante Cantera, ella era una capitán. Las dificultades con las que topan las soldados para denunciar casos parecidos deben de ser aún mayores.
El nuevo régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas, ley orgánica 4/2012, aprobada el 5 de diciembre de 2014, tipifica como faltas especialmente graves “aquellas que afecten a la libertad sexual de las personas, implicando tanto acoso sexual y por razón de sexo como profesional, y atenten contra la intimidad, la dignidad personal o en el trabajo, o supongan discriminación”, hecho que ya es un avance si tenemos en cuenta que el acoso sexual también se convertirá en un delito tipificado en el nuevo código penal militar, el proyecto de ley del cual se aprobó el 5 de septiembre de 2014.
Sin embargo esta supuesta igualdad formal, en el papel, no se traduce en una igualdad real en el ejército.
Debemos exigir al Ministerio de defensa que haga públicos los datos sobre el número de denuncias y casos de acoso y violencia sexual en el ejército y que se establezca también, un protocolo de actuación en estos casos que termine con la opacidad y la impunidad de estos delitos en las fuerzas armadas y refleje la magnitud del problema ante la opinión pública.

sábado, 7 de abril de 2018

Un proceso con violencia grave. Los alemanes equivocados.

 El portavoz del PP en el Parlamento Europeo, Esteban González Pons, ha advertido tras la puesta en libertad deL DELINCUENTE Carles Puigdemont en Alemania (Por haber dado un golpe de estado en España) que "si la euroorden no funciona", la zona Schengen y la eliminación de fronteras entre países miembros "no tiene sentido". (07-04-2018)

EDITORIAL DE EL PAÍS

‘Procés’ ilegal y violento

El tribunal alemán ni absuelve a Puigdemont ni legitima el secesionismo












Puigdemont, a su salida ayer de la prisión.






Editoriales anteriores

 el procés de Cataluñatuvo un carácter violento: hubo usos indebidos y exorbitantes de la fuerza: hubo obstrucción física de la Justicia; destrucción de vehículos policiales; ocupación ilegal de carreteras; obstaculización de vías férreas con peligro para la integridad de los propios actuantes; intimidaciones y escraches contra personas, partidos y asociaciones considerados rivales o enemigos; violencia sobre objetos callejeros; y actuaciones del Govern y de la policía autonómica tendentes a facilitar algunos de esos abusos. Y sobre todo, fue un proceso presidido por la coacción, pues se violó la ley de forma sistemática para intentar imponer a la ciudadanía, desde la calle y desde las instituciones, una secesión unilateral, ilegal y obligatoria.

 En Alemán

die Procés de Cataluña hatten einen gewalttätigen Charakter:
 Es gab übermäßige und exorbitante Gewaltanwendung: Es gab eine physische Behinderung der Justiz;
Zerstörung von Polizeifahrzeugen;
 illegale Besetzung von Straßen;
Behinderung von Eisenbahnen mit Gefahr für die Integrität der Akteure selbst;
 Einschüchterungen und Abscheu gegen Personen, Parteien und Verbände, die als Rivalen oder Feinde gelten;
 Gewalt an Straßenobjekten

 

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La decisión del Tribunal de Schleswig-Holstein de inadmitir la petición de entrega a España del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont por el delito de rebelión no equivale, como han pretendido algunos, a un veredicto incriminatorio sobre la democracia española, su Estado de derecho ni sus instituciones judiciales. Tampoco puede ser leída como una absolución, total o parcial, de los líderes independentistas actualmente encausados por el Tribunal Supremo y, por supuesto, menos aún como una legitimación de las gravísimas actuaciones por ellos desarrolladas en los funestos meses de septiembre y octubre del año pasado.
Esa lectura no es posible porque, como el propio tribunal alemán ha explicado, queda acreditado no solo que hubo violencia, sino que “los actos violentos” del 1-O “se pueden imputar al acusado en cuanto iniciador y defensor de la celebración del referéndum”. Cuestión distinta es que el tribunal no aprecie que el grado de violencia atribuible a Puigdemont fuese tan abrumador como para obligar al Gobierno a “capitular” ante sus exigencias, que sería el requisito de gravedad que en Alemania convertiría el delito español de rebelión en el alemán de alta traición y que permitiría franquear así la euroentrega. En consecuencia, el tribunal ha estimado que los delitos no son equivalentes, como exige la Decisión Marco de 2002 que regula la euroorden, no que el delito no existiera en España de acuerdo con la legislación española.

Tampoco valida el Tribunal los argumentos de Puigdemont respecto a la comisión de “persecución política” en España, dejando así al descubierto la falsedad de la afirmación —que éste volvió a repetir a la salida de la prisión— sobre la existencia de presos políticos en España. No hay por tanto sustento en los intentos de Puigdemont y los suyos de autoabsolverse valiéndose del pronunciamiento del tribunal alemán, ni tampoco queda expedita la vía para un retorno de Puigdemont a la Presidencia de la Generalitat.



El tribunal no valida los argumentos de Puigdemont sobre la “persecución política”
Es cierto que la causa en Tribunal Supremo queda en una posición difícil, pero no imposible, pues el juez Llarena tiene ante sí varias vías de actuación, incluyendo el planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que permita verificar si los jueces alemanes han aplicado correctamente el mecanismo de la euroorden.

Pero más allá del curso judicial que siga el proceso, ni Puigdemont ni los independentistas van a lograr cambiar los hechos que caracterizan su gravísimo proceder, su deslealtad a la democracia, a la Constitución española, a las instituciones del autogobierno catalán y, en definitiva, a los ciudadanos de este país, cuyos derechos políticos han lesionado de forma deliberada en su empeño de promover un proceso de secesión ilegal y de ruptura de nuestro país.

Esos hechos son claros y están a la vista de todos. Incluyeron derogar la Constitución y el Estatut; elevar unas leyes sediciosas votadas por medio Parlament a sustitutos de esas normas supremas; y hacerlo desobedeciendo a los tribunales y sin la concurrencia de mayoría cualificada, y por métodos que privaron a la oposición (que representa a más de la mitad de los catalanes) de sus funciones representativas y de control. Todo ello constituyó un golpe de Estado que no solo merece condena política sino reprobación judicial aunque corresponda a los tribunales establecer los tipos de aplicación concretos.




La democracia española ha estado en peligro. Por fortuna, su Estado de derecho funciona
Independientemente de su calificación judicial, el procés tuvo un carácter violento: hubo usos indebidos y exorbitantes de la fuerza: hubo obstrucción física de la Justicia; destrucción de vehículos policiales; ocupación ilegal de carreteras; obstaculización de vías férreas con peligro para la integridad de los propios actuantes; intimidaciones y escraches contra personas, partidos y asociaciones considerados rivales o enemigos; violencia sobre objetos callejeros; y actuaciones del Govern y de la policía autonómica tendentes a facilitar algunos de esos abusos. Y sobre todo, fue un proceso presidido por la coacción, pues se violó la ley de forma sistemática para intentar imponer a la ciudadanía, desde la calle y desde las instituciones, una secesión unilateral, ilegal y obligatoria.

El secesionismo catalán pretendió situar al Estado ante el dilema de desbordar al Estado y forzarle a allanarse ante una independencia impuesta de forma ilegal; o bien emprender una actuación extrema cuyos perfiles sirviesen para autoinflingirse descrédito y un alto coste reputacional. Como carecía del apoyo de la mayoría social, el movimiento independentista pretendió imponerse por la vía de los hechos consumados. Una vía que, pese a algunas autocríticas, todavía no ha desechado de forma clara ni rotunda.
Ni el tribunal alemán ni la propaganda independentista pueden cambiar esos hechos, que son ya parte de la historia de los españoles y su lucha por mantener la democracia. La democracia española ha sido sometida a una dura prueba y ha estado en grave peligro. Pero su Estado de derecho y sus instituciones judiciales funcionan.


Pregunta a Teresa Freixe en El País, 8-04-2018, sobre qué grado de violencia se ha de considerar, para que constituya  violencia penal en Alemania.


¿Y qué es lo que ha pasado para adoptar esta decisión?
Para rebelión, es necesario que esta comporte un cierto grado de violencia. Lo que ocurre es que lo que se va a tener que discutir es qué significa que haya violencia, porque violencia no es solamente sacar los tanques a la calle. Recuerdo el día del intento de asalto a la Consejería de Economia en Barcelona, que me pilló en medio. Iba en taxi y nos voló una valla por encima del coche. El taxista estaba muy nervioso porque pensaba que le destrozaban su medio de trabajo. Con esto quiero decir que violencia ha habido. La hay cuando cortan una carretera y te impiden pasar. Este jueves, en la Universidad Autónoma de Barcelona, en la Plaza Cívica, se destrozaron entidades comerciales. Si eso no es violencia... Ahora, ¿hasta qué grado de violencia tenemos que tolerar para que se diga que hay rebelión?
La rebelión es el intento de subvertir el orden constitucional. Los medios para subvertirlos pueden ser distintos. Puede ser una violencia armada o puede ser una violencia que constriña la coacción. ¿La coacción no es violencia? Ahí es donde tenemos el debate, en el grado de violencia.

Sustitución de prótesis de rodilla del rey emérito Juan Carlos clínica de Sanitas en La Moraleja de Madrid,


Don Juan Carlos será intervenido esta mañana en La Moraleja

El Rey ha ingresado en la Clínica de Sanitas de Sanchinarro para someterse a una sustitución de la prótesis de la rodilla derecha


MadridActualizado:
El Rey Don Juan Carlos será intervenido este sábado en la clínica de Sanitas La Moraleja de Madrid, según ha anunciado el Palacio de La Zazuela. En esta intervención, los facultativos le sustituirán la prótesis que le fue implantada en la rodilla derecha el 3 de junio de 2011. El objetivo de esta operación, según las mismas fuentes, es que Don Juan Carlos disfrute de una mayor movilidad y estabilidad en atención a las prestaciones que actualmente ofrecen las prótesis de última generación.
Zarzuela anunció el pasado 14 de marzo que el Rey padre se sometería a esta nueva operación, pero agregó que por el carácter no urgente de la intervención, todavía no se había fijado fecha ni lugar.
Esta será la novena operación a la que se somete Don Juan Carlos en los últimos diez años, y la segunda prótesis que le implantó el doctor Ángel Villamor y que ahora hay que retirarle. La primera fue la de cadera, que se la reemplazó el doctor Miguel Cabanela en noviembre de 2012, tras sufrir una grave infección año y medio antes de la abdicación.

La prótesis que ahora deberá ser sustituida fue la que le implantó el doctor Villamor en junio de 2011 en la rodilla derecha mediante una artroplastia que fue realizada en la clínica San José de Madrid.
Tras las numerosas intervenciones traumatológicas a las que fue sometido en los últimos años y después de intensos programas de rehabilitación, Don Juan Carlos consiguió recuperar la movilidad, primero con ayuda de muletas y después de un bastón. Pero, incluso en esas circunstancias, el Rey recuperó su afición al deporte y consiguió proclamarse campeón del mundo de vela en la clase 6 metros.
Esta nueva operación de Don Juan Carlos, la primera tras el relevo en la Corona, coincide con un momento en el que había intensificado su actividad institucional, ya que a lo largo de este año se estaban organizando diferentes actos con motivo de su ochenta cumpleaños, que celebró el pasado 5 de enero.

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Desde Nuevo Impulso le deseamos que la intervención le sea leve y una pronta recuperción. 


............................OPERADO.................................
 

El Rey Don Juan Carlos ha sido intervenido con éxito en la mañana de este sábado de la rodilla derecha en el Hospital Universitario de Sanitas de La Moraleja, de Madrid. La intervención ha sido realizada por un equipo médico encabezado por el doctor Primitivo Gomez Cardero, jefe del Servicio de Traumatología del centro sanitario.
En esta ocasión, los facultativos le han sustituido la prótesis que le fue implantada en la rodilla derecha el 3 de junio de 2011. El objetivo de esta operación es que Don Juan Carlos disfrute de una mayor movilidad y estabilidad en atención a las prestaciones que actualmente ofrecen las prótesis de última generación.
Según el parte médico facilitado por el hospital, «la intervención, que ha durado 90 minutos, se ha desarrollado con total normalidad y el resultado ha sido plenamente satisfactorio. Los objetivos de la cirugía han sido restaurar la alineación anatómica y mejorar la estabilidad de la rodilla y la función articular. Don Juan Carlos permanecerá 24 en la UCI del centro para su control postoperario».
Don Juan Carlos ingresó a primera hora de este sábado en el centro sanitario. Durante la operación, permanecieron en el hospital el secretario general de la Casa del Rey, Domingo Martínez Palomo, y el jefe de la Secretaría de Don Juan Carlos, Alfonso Sanz Portolés. El Rey padre también estuvo acompañado por el jefe de los Servicios Médicos del Palacio de La Zarzuela, Miguel Fernández Tapia-Ruano.
Zarzuela anunció el pasado 14 de marzo que Don Juan Carlos se sometería a esta nueva operación, pero agregó que por el carácter no urgente de la intervención, todavía no se había fijado fecha ni lugar.
Esta ha sido la novena operación a la que se somete Don Juan Carlos en los últimos diez años y la segunda prótesis implantada por el doctor Ángel Villamor que ha habido que retirarle. La primera fue la de cadera, que se la reemplazó el doctor Miguel Cabanela en noviembre de 2012, tras sufrir una grave infección año y medio antes de la abdicación.
La prótesis que se le ha sustituido hoy fue la que le implantó el doctor Villamor en junio de 2011 en la rodilla derecha mediante una artroplastia que fue realizada en la clínica San José de Madrid.
Tras las numerosas intervenciones traumatológicas a las que fue sometido en los últimos años y después de intensos programas de rehabilitación, Don Juan Carlos consiguió recuperar la movilidad, primero con ayuda de muletas y después de un bastón. Pero, incluso en esas circunstancias, el Rey recuperó su afición al deporte y consiguió proclamarse campeón del mundo de vela en la clase 6 metros.
Esta nueva operación de Don Juan Carlos, la primera tras el relevo en la Corona, coincide con un momento en el que había intensificado su actividad institucional, ya que a lo largo de este año se estaban organizando diferentes actos con motivo de su ochenta cumpleaños, que celebró el pasado 5 de enero.

jueves, 5 de abril de 2018

Acta del Tribunal del Máster de Cinfuente. Fuentes de El Diario

El tribunal que supuestamente evaluó el trabajo de fin de máster de Cifuentes es ilegal

El tribunal que supuestamente evaluó el trabajo de fin de máster de Cifuentes es ilegal
El tribunal que, según la versión de la Universidad Rey Juan Carlos a la que se ha adherido la presidenta de la Comunidad de Madrid Cristina Cifuentes, evaluó el trabajo fin de máster de la política incumple de forma flagrante el reglamento de 2011 que regulaba estos trabajos.
Ese reglamento, al que ha accedido eldiario.es, especifica que la “comisión de evaluación de trabajo fin de máster estará constituida por tres profesores y tres suplentes, todos ellos doctores. Uno de ellos será profesor de otra Universidad”.  El Rector Javier Ramos dio el miércoles los nombres de las componentes del tribunal:  Cecilia Rosado Villaverde,  Alicia Esperanza López de los Mozos y Clara  Souto. Las tres estaban vinculadas en 2012 a la Universidad Rey Juan Carlos en el momento en que Cifuentes estaba matriculada, según figura en las fichas públicas de las tres en la web de la URJC.
El reglamento también establece que los profesores que sean de la universidad sean funcionarios, y en su artículo 9.3 relata que “el secretario será designado entre los profesores numerarios”. Profesores numerarios son aquellos que son funcionarios: es decir, o profesores titulares o catedráticos. Ninguna de las tres firmantes lo era en ese momento, tampoco quien firma como secretaria, Cecilia Rosado.
La Universidad todavía no ha respondido cómo es posible que se formara esta comisión. 





Artículo 9 del Reglamento sobre los Trabajos Fin de Máster de la Universidad Rey Juan Carlos
Artículo 9 del Reglamento sobre los Trabajos Fin de Máster de la Universidad Rey Juan Carlos

Las docentes a las que hizo referencia Javier Ramos están descritas por sus fichas como doctoras con un sexenio reconocido y aparecen como investigadoras en proyectos de la URJC, al menos, desde el año 2010, según recoge la página web de la Universidad.
La idea de que haya, al menos, un doctor en el tribunal desvinculado de la Universidad donde se evalúa el trabajo es dotar de mayor imparcialidad al proceso de calificación. Ramos ha declarado que había “hablado esta misma mañana con los miembros de ese Tribunal y confirman la defensa del trabajo y la calificación de 7’5 puntos”. Más tarde, Cristina Cifuentes remitió a los medios de comunicación un documento encabezado como acta de trabajo de fin de máster en el que aparecen los nombres de estas tres profesoras (manuscritos) como las componentes del tribunal que puso esa nota. Esa composición contradice el artículo del reglamento que pide un profesor doctor de otra universidad.
A pesar de que el reglamento obliga a designar tres suplentes, en el acta los nombres de estos suplentes no aparecen. El documento que ayer presentó Cifuentes tampoco cuenta con un sello oficial, ni fecha de entrada en el registro de la Universidad.
Las tres profesoras que firman el acta han hecho una gran parte de su carrera y de sus trabajos académicos junto al catedrático Enrique Álvarez Conde, que ayer compareció como director del curso y que defendió públicamente que a Cristina Cifuentes se le había tratado “como a una alumna más”.





Acta del trabajo de fin de máster aportada por Cifuentes
Acta del trabajo de fin de máster aportada por Cifuentes

El 2 de julio de 2012, la fecha en la que supuestamente se constituyó este tribunal, ninguno de las tres tenía plaza en la Universidad como titular, algo que es igualmente inusual. La última actualización de sus fichas les atribuye el estatus de “contratadas”, no funcionarias con plaza en propiedad aunque un tuit del Instituto de Derecho Público de la Universidad relata que Alicia Esperanza López de los Mozos se había convertido en titular en diciembre de 2017.
Fuentes universitarias consultadas por eldiario.es aseguran que el incumplimiento del reglamento interno deja a a este tribunal sin capacidad legal para juzgar. Es decir, que el acta no sirve para validar el supuesto trabajo de fin de máster de Cristina Cifuentes.
El acta en cuestión que presentó ayer Cristina Cifuentes es, igualmente, un documento interno y sin sello de la Universidad que la presidenta de Madrid no debería tener, salvo que se lo haya proporcionado la propia URJC. El protocolo habitual, explican estas mismas fuentes, es que el tribunal firme este papel y que después se informatice el resultado en la base de datos de la Universidad, como parte del expediente del alumno. Las mismas fuentes no entienden por qué la URJC ha difundido ese acta interna en vez del documento informatizado, que sí es trazable y se puede demostrar fehacientemente en qué momento se registró.

Obligación de haber aprobado todo antes

Además, ese documento reglamentario ya obligaba a tener aprobadas todas las asignaturas y entregar “la justificación correspondiente”. Sin embargo, según la versión de la Universidad, fue en 2014 cuando se descubrió que había un “error administrativo” que marcaba materias como no presentadas a Cifuentes.
Así, la explicación ofrecida por la Universidad a la que se ha adherido la presidenta de Madrid, para justificar el cambio de calificaciones en su máster, implica que presentó el trabajo fin de carrera sin esa justificación reglamentaria. El punto 8.2 del documento que llegó en mayo de 2011 al Consejo de Gobierno, según ha visto eldiario.es, especifica: “Para poder realizar la defensa del Trabajo Fin de Máster el alumno tendrá que haber superado el resto de asignatura del máster para lo que deberá entregar la justificación correspondiente”.
Un año después, en junio de 2012, el Consejo de Gobierno universitario se reunió para modificar ese reglamento, pero esos cambios no hacían referencia a este requerimiento que sigue idéntico. Y esa misma exigencia se recoge en la última versión, única de acceso público en la web de la URJC, que entró en vigor para el curso 2016/2017.
Por lo que si la defensa del trabajo, como ha argumentado Cristina Cifuentes, se hizo el 2 de julio de 2012, para cumplir el reglamento debía tener una justificación de haber aprobado el resto de asignaturas. Pero, al menos administrativamente –según las explicaciones públicas ofrecidas por la Universidad Rey Juan Carlos–, Cristina Cifuentes tenía una asignatura como no presentada (de ahí que tuviera que subsanarse ese “fallo” en 2014).
El reglamento también pide que se adjunte en la presentación oficial del trabajo “la autorización del director para la lectura y defensa” del trabajo. Incluso pide que se le remita esa autorización “al director del máster”. El profesor Enrique Álvarez ha asegurado este miércoles que cuando recibió el expediente “cumplía la legalidad vigente”.




FUENTE: ELDIARIO


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Otro.-

La presidenta del tribunal de Cifuentes dice que ella no firmó el acta del máster

La universidad traslada el caso a la fiscalía por indicios de delito. El ministerio público ya había abierto diligencias por la denuncia colectiva de varias asociaciones de estudiantes












Cristina Cifuentes durante su comparecencia este miércoles en la Asamblea.
Cristina Cifuentes durante su comparecencia este miércoles en la Asamblea.
El caso Cifuentes ha pasado del ámbito político y universitario al judicial, probablemente lo que más temían tanto la presidenta de la Comunidad, Cristina Cifuentes, como la Universidad Rey Juan Carlos (URJC). Sus responsables salieron el primer día a declarar que no había irregularidad alguna, al día siguiente abrieron una investigación interna y esta tarde han anunciado que “ante la aparición de informaciones que pudieran ser constitutivas de delito” han decidido remitir a Fiscalía el resultado de la investigación. Todo se ha precipitado después de que esta mañana Alicia López de los Mozos, supuesta presidenta del tribunal que puntuó con un 7,5 a la presidenta regional Cristina Cifuentes, haya declarado ante la instructora de la investigación, Pilar Trinidad, que no reconoce el acta del tribunal de trabajo de fin de máster (TFM) de Cifuentes que aparecía con su nombre y firma, según han confirmado a EL PAÍS distintas fuentes.






El delito investigado sería una falsificación en el acta universitaria, castigada, según el artículo 390 del código penal, con pena de prisión de tres a seis años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años por tratarse de una falsedad en documento público, oficial o mercantil si lo hubiera llevado a cabo un funcionario público. La fiscalía, en todo caso, ya había abierto diligencias ante la denuncia colectiva por estos hechos presentada por una docena de asociaciones estudiantiles, informa Fernando J. Pérez. La universidad, por su parte, ha encargado el asunto a un abogado penalista que presentará este viernes el caso en la fiscalía de Móstoles (donde se encuentra el Rectorado), según fuentes del campus.

López de los Mozos es una de las tres docentes, junto a Clara Souto y Cecilia Rosado, que firmaron supuestamente ese documento que ponía fin al posgrado de Cifuentes con un trabajo de fin de máster, el 2 de julio de 2012. En ese momento ella era delegada del Gobierno en Madrid. En 2014, la funcionaria Amelia Calonge, vieja conocida suya, cambió la calificación de una asignatura de Cifuentes y de su TFM para que ella pudiera pedir su título. En ambos casos, las calificaciones pasaron de “no presentada” a “notable”, como destapó eldiario.es el pasado 21 de marzo.
La supuesta presidenta del tribunal y sus dos compañeras contactaron con un abogado el 23 de marzo para ver cómo abordaban el asunto. No han hecho declaraciones públicas desde entonces. Este jueves, finalmente, una de ellas, López de los Mozos, ha declarado ante la instructora de la investigación, Pilar Trinidad, jefa de Inspección de la URJC. No ha reconocido el acta y ha dicho que no evaluó a Cifuentes. Según distintas fuentes, se han vivido momentos de gran emoción y la profesora se ha echado a llorar. El Confidencial había adelantado el miércoles la falsedad de dos de las firmas del acta. Tras la reunión, la universidad ha decidido elevar el caso ante la fiscalía por la posible comisión de un delito: si López de los Mozos no firmó ese acta, alguien lo hizo en su lugar.
El día que estalló el escándalo el rector, Javier Ramos, afirmó en rueda de prensa que había hablado con las componentes del tribunal y que se habían ratificado en la legalidad del acta del TFM. Cifuentes aseguró el miércoles ante el pleno de la Asamblea de Madrid y en rueda de prensa posterior que realizó una defensa pública de su TFM ese 2 de julio de 2002. "Sí. Lo defendí de forma presencial en el campus de la Universidad Rey Juan Carlos de Vicálvaro", aseguró. En ese momento el rector de la universidad era Pedro González-Trevijano, actual magistrado del Tribunal Constitucional.
López de los Mozos es la única de las tres componentes del tribunal que es profesora titular. Souto y Rosado son profesoras contratadas, no funcionarias. En 2012 López de los Mozos, hoy secretaria del Instituto de Derecho Público, no tenía aún plaza fija. Enrique Álvarez Conde, director del máster de Derecho Público del Estado Autonómico en el que se matriculó Cifuentes y tutor suyo en el TFM, ha dirigido la tesis doctoral de las tres.
Las diligencias que ha abierto la fiscalía tienen su origen en la denuncia presentada por asociaciones de estudiantes para que se investiguen posibles delitos de falsedad documental y cohecho. Estos colectivos señalan como responsables de los delitos citados a la funcionaria que habría modificado las notas, Amalia Calonge, a la propia presidenta regional, Cristina Cifuentes, al director del máster y a los miembros del Tribunal que calificaron el TFM.

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¿Qué dice de todo este asunto Mariano Rajoy?

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Las tres componentes del tribunal acuden a un abogado

Desde que el 21 de marzo estalló el caso Cifuentes, comunicarse con las tres componentes del tribunal que puntuó con un 7,5 el Trabajo Fin de Máster (TFM) de la presidenta regional se ha convertido en un imposible para la prensa y para muchos de sus allegados. Las docentes —Cecilia Rosado, Clara Souto y Alicia López de los Mozos— ratificaron ese día al rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), Javier Ramos, que la defensa del TFM se celebró de acuerdo a la legalidad, y desde entonces callan. Tan solo Souto pidió “respeto” a los medios de comunicación. Pese a su silencio, las doctoras en Derecho se reunieron el pasado 23 de marzo, dos días después del escándalo, con un abogado penalista para que las asesore. Las tres son afiliadas a Comisiones Obreras y el sindicato les brindó en un primer momento su apoyo legal, pero ellas decidieron diseñar su estrategia judicial por su cuenta y sufragarla. No ha trascendido el nombre del penalista escogido. Si la defensa del TFM no se hubiese celebrado, las tres profesoras estarían incurriendo en falsedad en documento público y podrían ser inhabilitadas. Las tres están obligadas a prestar esta semana declaración —quizá ya lo han hecho— ante Pilar Trinidad, la instructora elegida por el rector para investigar qué ocurrió realmente en el posgrado. Trinidad está entrevistando a todos los implicados en el máster puesto en cuestión.


Viñeta de humor. Leones del Congreso de Palmeral


Publicado en Mundiario.


5 de abril de 2018
 La Fiscalía ha abierto este jueves diligencias penales por las irregularidades detectadas en la obtención del máster de Cristina Cifuentes, presidenta de la Comunidad de Madrid, de las que ha informado el rectorado de la Universidad Rey Juan Carlos. Alicia López de los Mozos, la supuesta presidenta del tribunal que evaluó el trabajo de fin de máster de Cifuentes, ha declarado que no reconoce el acta del tribunal y que no la firmó. Esta mañana la presidenta de Madrid  ha respondido de nuevo sobre la polémica  en Pleno ordinario de la Asamblea de Madrid y ha asegurado en los pasillos de la Asamblea que se encuentra "muy tranquila". El PSOE adelantará a esta tarde  la moción de censura contra Cifuentes. Albert Rivera comparecerá a las 19.30 horas en León.


Cristina, te han pillado fuera de juego.  Una recosntrucción es siempre una falsificación. Falsificación de firmas.
Dimisión ya.

El director del máster de Cristina Cifuentes, Enrique Álvarez, ha asegurado en Onda Cero que el acta del trabajo de la presidenta de la Comunidad de Madrid era una "reconstrucción"."El rector me pidió el trabajo y yo le dije que no lo tenía, la normativa exige que se destruyan a los 2 años (...) 'Hace falta un documento, hay que reconstruirlo', me dijo el rector. Intenté reconstruir una hipotética acta, que le enviamos por la tarde", ha detallado en una entrevista en la que también ha asegurado que "nunca ha hablado con la alumna (Cifuentes)" y que solo la ha visto "una vez". Álvarez también ha relatado que han sido unos días de "fuertes presiones", que está dispuesto a pedir perdón si ha cometido errores, y que nunca en su carrera le habían pedido que reconstruyera un acta. Enrique Álvarez sostiene que ese tribunal sí existió aunque no sabe "si estuvo Cifuentes", según la conversación con el programa. Sobre el trabajo de fin de máster ha mantenido que estuvo "corrigiendo el trabajo en las semanas previas a la defensa". "Eran como unas 50 páginas, aunque nunca leí la versión definitiva", ha añadido.
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El director del máster de Cristina Cifuentes, Enrique Álvarez, ha asegurado en Onda Cero que el acta del trabajo de la presidenta de la Comunidad de Madrid era una "reconstrucción" "en términos jurídicos".


 Declaraciones del Rector Javier Ramos de 6 de abril 2018

La URJC contradice a la presidenta

Las declaraciones del rector de la URJC, Javier Ramos, asegurando que no existe acta del trabajo de fin de máster, tampoco su defensa ante un tribunal, contradicen gravemente su palabra. Cifuentes cree que esta versión, que muchos ven como una estocada definitiva sobre ella, es más de lo mismo. Lo que ha dicho el rector es que «no han podido verificar hasta el momento que ese trabajo de fin de máster se presentara», se ha limitado a decir. Su equipo más cercano cerraba filas con su líder. «¡Si no ha dicho nada nuevo!».
Cifuentes ha insistido en que la Universidad le envió un documento oficial que acredita que cursó y terminó el postgrado, y que si está manipulado ella en ningún casó lo ordenó. Ha rebajado el escándalo a una cuestión de «formalidades de tipo administrativo» que debe aclarar la Universidad. «A mí como alumna me corresponde». «Yo confío en que los propios mecanismos internos de la Universidad y de la Fiscalía, averigüen lo que ha ocurrido».
El archivo del acta de evaluación en el servicio de postgrado es «obligatorio», pero no existe, según ha advertido el rector. Como tampoco figura la memoria del TFM del máster de derecho autonómico, ha manifestado esta mañana el rector. Ramos también ha explicado que después de recibir una carta donde la profesora Alicia López de los Mozos aseguraba que no había formado parte del tribunal evaluador y que no reconocía su firma en el acta, la URJC decidió trasladar el caso a la Fiscalía.

El expresidente Puigdemon en libertad bajo fianza de 75.000 euros en Alemania

La Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein (norte de Alemania) ha descartado este jueves el delito de rebelión en la petición de extradición a España del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y lo ha dejado en libertad bajo fianza de 75.000 euros mientras estudia la entrega.mientras estudia la entrega, según ha informado la agencia EFE (Nada dicen de que le hayan retirado el pasaporte). Los tres exconsejeros catalanes huidos a Bruselas Meritxel Serret, Toni Comín y Lluís Puig han empezado a declarar este jueves ante el juez pasadas las tres de la tarde, según ha informado su abogado. El magistrado deberá decidir si les mantiene en libertad o si adopta otras medidas cautelares para hacer cumplir la euroorden de detención que tramitó España contra ellos.

 Jordi Sànchez, número dos de la candidatura de Junt Per Catalunya, ha aceptado este jueves volver a ser candidato a presidir la Generalitat tras la renuncia de Jordi Turull. Además, esta mañana el Parlament ha celebrado un pleno ordinario en el que el expresidente Carles Puigdemont ha votado por primera vez delegando su voto a un compañero de su grupo parlamentario, Junts per Catalunya.

En el ámbito judicial, la magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha procesado al mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluis Trapero por organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y la jornada del 1 de octubre.

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Dentro de un tiempo, Puidemont estará en su Waterloo (Bélgica). El dinero no lo pondrá él, sino ANC.
Se ve que la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein ha cecido a la presión mediática de la extrema izquierda.

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En España, Puigemont sí ha cometido el delito de rebelión.

Dice el Código Penal. Rebelión

Artículo 472 del Código Penal español
Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes:
  • 1.º Derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución.
  • 2.º Destituir o despojar en todo o en parte de sus prerrogativas y facultades al Rey o Reina o al Regente o miembros de la Regencia, u obligarles a ejecutar un acto contrario a su voluntad. El término «Rey o Reina» ha sido introducido en sustitución de la anterior referencia al «Rey», conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Vigencia: 1 julio 2015
  • 3.º Impedir la libre celebración de elecciones para cargos públicos.
  • 4.º Disolver las Cortes Generales, el Congreso de los Diputados, el Senado o cualquier Asamblea Legislativa de una Comunidad Autónoma, impedir que se reúnan, deliberen o resuelvan, arrancarles alguna resolución o sustraerles alguna de sus atribuciones o competencias.
  • 5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.
  • 6.º Sustituir por otro el Gobierno de la Nación o el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o usar o ejercer por sí o despojar al Gobierno o Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma, o a cualquiera de sus miembros de sus facultades, o impedirles o coartarles su libre ejercicio, u obligar a cualquiera de ellos a ejecutar actos contrarios a su voluntad.
  • 7.º Sustraer cualquier clase de fuerza armada a la obediencia del Gobierno.
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  •  (informes policiales acreditan más de 300 actos violentos en Cataluña durante las algaradas secesionistas)
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  •  Qué entiende Alemania por la violencia. Deberían definir que no hubo violencia. Sí la hubo:
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  • La violencia1​ es el tipo de interacción entre sujetos que se manifiesta en aquellas conductas o situaciones que, de forma deliberada, aprendida o imitada,2​ provocan o amenazan con hacer daño, mal o sometimiento grave (físico, sexual, verbal o psicológico) a un individuo o a una colectividad, o efectivamente lo realizan,3​ afectando a sus víctimas de tal manera que limitan sus potencialidades presentes o futuras.4​ Puede producirse a través de acciones y lenguajes, pero también de silencios e inacciones, y es (generalmente) condenada por la ética, la moral y el derecho.
    Se trata de un concepto complejo que admite diversas matizaciones y graduaciones según el punto de vista desde el que se trate; en ese sentido, su aplicación a la realidad depende en ocasiones de apreciaciones subjetivas.

    Índice

    Etimología


    Caín asesina a Abel (pintura del siglo XV).
    La violencia fue asociada desde tiempos muy remotos a la idea de la fuerza física y el poder. Los romanos llamaban vīs a esa fuerza, al vigor que permite que la voluntad de uno se imponga sobre la de otro. Vis tempestatis se llama en latín a la "fuerza de una tempestad". En el Código de Justiniano se habla de una "fuerza mayor, que no se puede resistir" (vis magna cui resisti non potest), el concepto jurídico de fuerza mayor.
    Vīs dio lugar al adjetivo violentus que, aplicado a cosas, se puede traducir como ‘violento, impetuoso, furioso, incontenible’ y, cuando se refiere a personas, como ‘fuerte, violento, irascible’. De violentus se derivaron violare (con el sentido de ‘agredir con violencia, maltratar, arruinar, dañar’) y violentia, que significó ‘impetuosidad’, ‘ardor (del sol)', ‘rigor’ (del invierno), así como ‘ferocidad’, ‘rudeza’ y ‘saña’.
    Cabe agregar que vīs, el vocablo latino que dio lugar a esta familia de palabras, proviene de la raíz prehistórica indoeuropea wei-, ‘fuerza vital’.
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ABC

Algo más pausadas que las voces que celebraron en Alemania las decisiones tomadas hasta ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Scheleswig-Holstein, van surgiendo otras muy críticas con los jueces implicados. Una de ellas es la de la Fundación Konrad Adenauer, que en un artículo publicado en el «Frankfurter Allgmeine Zeitung» ha acusado a ese tribunal de haberse excedido en sus competencias y elogia la democracia española por su corrección y su tolerancia. Wilhelm Hofmeister, que firma el artículo titulado «Cataluña y el declive de la Unión Europea», vaticina que cuando los historiadores describan el fin de la UE, «no resulta difícil prever que encuentren el comportamiento de Alemania frente al separatismo catalán como una de las causas más próximas».
«La UE se basa en la idea de que constituye una comunidad de democracias liberales en un marco de Estado de derecho», explica, acusando a Alemania de traicionar ese principio y no sólo por la decisión del Tribunal de poner en libertad provisional al expresidente catalán, sino también por la reacción de los políticos y medios de comunicación que, asegura, «niegan» a la Justicia española la competencia para «enjuiciar a los separatistas conforme a las reglas del Estado de derecho”.
«En lugar de concentrarse en las reglas básicas de la Orden de Detención y Entrega y de extraditar a Puigdemont a España», apunta, el tribual ha pretendido llevar a cabo en el plazo más corto posible una valoración cualificada de los hechos que rodeaban el referéndum ilegal celebrado el 1 de octubre de 2017 en Cataluña». «Algo que no se le había exigido y que excedía claramente las competencias de dicho tribunal», añade. También reprocha que el Tribunal haya establecido analogías con el Estado Federal alemán en su decisión, un «principio erróneo» porque España «no es ningún Estado federal» y porque las comunidades autónomas tienen una posición constitucional muy diferente a la de los estados federados alemanes. De hecho, precisa, los derechos autonómicos de Cataluña «superan en muchos ámbitos el marco de competencias de los estados federados alemanes».
Concluye que la valoración de las infracciones de la Constitución y de las leyes por parte de Puigdemont y su gobierno debería dejarse en manos de los tribunales españoles y recuerda a Alemania que la democracia liberal española no sólo permite que personas como Puigdemont y otros fugados de la Justicia puedan ser candidatos en las elecciones, sino que también tienen la posibilidad de delegar su voto y además cobran. «En Alemania esto», anota, «sería impensable».

Presentación revista AUCA nº 42, 16 de abril a las 20.15 h. en DSede de la Universidad de Alicante


miércoles, 4 de abril de 2018

Alicante. Muestra artes plásticas. Lugar: Mil historias y un café. C/. Serrano 20. del 3 de abril al 4 de mayo 2018

Autores:
Elena Aguirre/ Pepa Asensi/ Dolores Balsalobre/ Roser Caballé/ Paco Calvo /Mª Jesús Campos/ Andrés Carcelén/ José Vicente Castilla/ Bienvenidad Galera/ Inma García/ Marisa M.G.V/ Eduardo Lastre/ Jorge Lidianno/ Paulina López/ Toni Madro/ Aurelia Masanet/ Carmen Muñoz/ José Palao/ Javier Pastor/ Emi Pérez/ Elvira Pizano/ José Luis Rico/ Pilar Sala.

Inaugrual el lunes 9 de abril a las 20 horas

Lugar: Mil historias y un café. Calle Segura 20, Alicante.
tlf. 966 350 453